Según comunica la Federación Argentina de Box en su sitio web oficial, se recuerda que desde el 1 de enero de 2015 para poder pelear PROFESIONALMENTE es obligatorio estar inscripto en la A.F.I.P., por lo tanto, deberá cumplirse esta norma a partir de esa fecha:
Agrégase al Reglamento Argentino de Boxeo, en su parte III “Del Boxeo Profesional Masculino”, y la parte V “Del Boxeo Profesional Femenino”), el siguiente inciso dentro del art. 18 (“de la licencia”).
g) Estar inscriptos en la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (A.F.I.P.). Proporcionar su Nº de C.U.I.T. y recibo del último pago o comprobante de inscripción, que certifique que se encuentran activos y con el alta otorgada en dicho sistema.
Esta disposición tiene validez y es de cumplimiento obligatorio a partir del 1 de enero de 2015 para todos aquellos púgiles que tramiten por primera vez su licencia de boxeador profesional.
A quienes tengan licencia otorgada con anterioridad al 1 de enero de 2015, se les otorgará un período de gracia para regularizar su situación, que se extenderá hasta el 30 de junio de 2015.
QUIEN NO CUMPLA CON ESTA NORMA NO PODRÁ COMBATIR.