miércoles, 8 de octubre de 2014

MODIFICACIONES REGLAMENTARIAS:
Inscripción a la A.F.I.P. Boxeadores Profesionales


Según comunica la Federación Argentina de Box en su sitio web oficial, a partir del 1 de enero de 2015 para poder pelear será obligatorio estar inscripto en la A.F.I.P., por lo tanto, deberá cumplirse esta norma a partir de esa fecha:

Agrégase al Reglamento Argentino de Boxeo, en su parte III (“Del Boxeo Profesional Masculino”), y la parte V (“Del Boxeo Profesional Femenino”), el siguiente inciso dentro del art. 18 (“de la licencia”).

g) Estar inscriptos en la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (A.F.I.P.). Proporcionar su Nº de C.U.I.T. y recibo del último pago o comprobante de inscripción, que certifique que se encuentran activos y con el alta otorgada en dicho sistema.

Esta disposición tendrá validez y será de cumplimiento obligatorio a partir del 1 de enero de 2015 para todos aquellos púgiles que tramiten por primera vez su licencia de boxeador profesional.
A quienes tengan licencia otorgada con anterioridad al 1 de enero de 2015, se les otorgará un período de gracia para regularizar su situación, que se extenderá hasta el 30 de junio de 2015.