lunes, 30 de junio de 2014

COMUNICADO DE LA F.C.B.: LICENCIAS


Ante algunas situaciones planteadas en festivales de boxeo desarrollados en nuestra Provincia, con el objeto de favorecer el cumplimiento de las normas que rigen el deporte, LA FEDERACION CORDOBESA DE BOX COMUNICA:

1) Únicamente podrán actuar pugilistas con LICENCIA HABILITANTE, con su APTO MÉDICO DEPORTIVO VIGENTE.

2) BOXEADORES AMATEURS:
2a) En el caso de pugilistas con Residencia en la Provincia de Córdoba, solo se aceptará LICENCIA DE LA FEDERACIÓN CORDOBESA DE BOX.
2b) Para el caso de boxeadores con residencia en otras provincias, solo se aceptará LICENCIA DE ASOCIACIONES O FEDERACIONES AFILIADAS A LA FEDERACIÓN ARGENTINA DE BOX y se exigirá DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD DONDE CONSTE EL DOMICILIO EN LA PROVINCIA DE LA LICENCIA DE BOXEADOR.
2c) Para el el caso de boxeadores con residencia en Capital Federal o provincias en las que no exista Asociación o Federación afiliada a la F.A.B., se deberá presentar LICENCIA DE LA FEDERACIÓN ARGENTINA DE BOX y DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD.

3) BOXEADORES PROFESIONALES:
3a) En el caso de boxeadores argentinos o con residencia en la Argentina, sólo se aceptarán LICENCIAS DE LA FEDERACIÓN ARGENTINA DE BOX.
3b) Para el caso de los boxeadores extranjeros se exigirá LICENCIA DE LA FEDERACIÓN DE SU PAÍS DE ORIGEN, PERMISO DE LA FEDERACIÓN DE ORIGEN PARA PELEAR EN ARGENTINA, y COMPROBANTE DE MIGRACIONES DE SU INGRESO LEGAL AL PAÍS.