LA FEDERACIÓN CORDOBESA DE BOX COMUNICA:
VISTO:
La situación planteada en relación a los Campeones Provinciales Cordobeses Profesionales (Regulares e Interinos), los que realizan peleas en las que no está en juego el Título que ostentan y
CONSIDERANDO:
- Que, en caso de que otros boxeadores de la provincia de Córdoba derroten al campeón vigente, resulta conveniente reglamentar esta situación, determinando las consecuencias que ella implica.
LA COMISIÓN DE BOXEO PROFESIONAL DE LA FEDERACIÓN CORDOBESA DE BOX RESUELVE:
1) Cuando un boxeador de la Provincia de Córdoba derrote al Campeón Provincial Cordobés en una pelea No Titular, el vencedor será declarado, en forma automática, RETADOR OBLIGATORIO AL TÍTULO, ocupando el 1er. lugar del ránking correspondiente.
2) El Campeón deberá defender el Título frente al Retador Obligatorio en un plazo de 90 días a contar desde la fecha en la que se realizó la pelea en la que resultó derrotado. En caso de no hacerlo el Título será declarado VACANTE.
3) Cuando un boxeador de la Provincia de Córdoba derrote al Campeón Provincial Cordobés Interino en una pelea No Titular, el vencedor será declarado, en forma automática, RETADOR OBLIGATORIO AL TÍTULO INTERINO, ocupando el 1er. lugar del ránking correspondiente.
4) El Campeón Interino deberá defender el Título Interino frente a su vencedor en un plazo de 90 días a contar desde la fecha en la que se realizó la pelea en la que resultó derrotado, no pudiendo unificar con el Campeón Regular hasta no haber cumplido este requisito.
Héctor Gabriel Tavella - PRESIDENTE COMISIÓN DE BOXEO PROFESIONAL F.C.B.
Entidad fundada el 7 de Noviembre de 1.968
Personería Jurídica Nº 108/76 A. Personería Deportiva Nº 06
Afiliada a la Federación Argentina de Box y a la Confederación de Deportes de la Provincia de Córdoba