EL TRIBUNAL DE DISCIPLINA DE LA FEDERACIÓN CORDOBESA DE BOX COMUNICA:
VISTO:
- Lo informado por el Sr. Fiscal José Emilio Graglia y demás autoridades actuantes, sobre lo ocurrido el día viernes 16 del corriente en el Anfiteatro de Saldán, cuando después de que el árbitro Carlos Pedernera suspendiera el combate entre Fernando Gorosito y Nicolás Rotunno, este último se retiró del ring antes de que se diera lectura al fallo, expresando a viva voz su disconformidad con el árbitro y
CONSIDERANDO:
- Que, de acuerdo al Art. 8 inc. 41 del Reglamento Argentino de Boxeo: "El árbitro llamará la atención al pugilista que antes de abandonar el cuadrilátero o al hacerlo, expresara en forma irrespetuosa desagrado por el resultado o por actitudes adoptadas por el árbitro.", lo que no pudo ocurrir ya que el boxeador se retiró.
- Que el boxeador Nicolás Rotunno no posee antecedentes de inconducta deportiva, por lo que esto resulta un atenuante.
EL TRIBUNAL DE DISCIPLINA DE LA FEDERACIÓN CORDOBESA DE BOX RESUELVE:
- APLICAR UN APERCIBIMIENTO al boxeador Nicolás Rotunno, Licencia F.C.B. Nº 2946.
Argentino García - PRESIDENTE TRIBUNAL DE DISCIPLINA