La Comisión de Boxeo Profesional de la Federación Argentina de Box publicó, en su Facebook oficial, el comunicado que se reproduce a continuación.
RECORDATORIO:
Se recuerda a todas las Asociaciones y Federaciones provinciales de boxeo, así como a todas las Comisiones Municipales de Box, la plena vigencia del Art.22 del Reglamento Argentino de Boxeo Profesional (modificación 13/9/2005).
"Art. 22: De las equivalencias (boxeo profesional)
22.01 No se autorizarán combates entre boxeadores/as que no tengan una actuación equivalente a lo largo de toda su carrera como boxeador/a profesional y no se hallen en condiciones psicofísicas necesarias, a determinar ésto ÚNICAMENTE por la Comisión Evaluadora de Equivalencias y Permisos al Exterior del país de la Federación Argentina de Box".
Ante cualquier duda, pueden escribir al correo electrónico de esta Comisión, donde respondemos todas las consultas sobre equivalencias, salidas al exterior, suspensiones, títulos y cualquier otra inquietud: profesional@faboxeo.com.ar