Ante algunas situaciones planteadas en festivales de boxeo desarrollados en nuestra Provincia, con el objeto de favorecer el cumplimiento de las normas que rigen el deporte y asegurar la debida formalidad que garantice la seriedad que debe regir la actividad, LA FEDERACION CORDOBESA DE BOX RECUERDA:
a) SOLO PODRÁN ORGANIZAR FESTIVALES DE BOXEO EN LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, LOS CLUBES AFILIADOS A LA FEDERACIÓN CORDOBESA DE BOX O LOS PROMOTORES AUTORIZADOS.
b) Los organizadores de Boxeo Profesional deberán cumplimentar todos los requisitos de los Arts. 01 y 02 del Reglamento Argentino de Boxeo Profesional.
c) Los organizadores de Boxeo Amateur deberán cumplimentar todos los requisitos de los Arts. 01 y 02 del Reglamento Argentino de Boxeo Amateur.
d) En ambos casos deberán solicitar por escrito, y con 15 días de anticipación, la autorización a la Federación Cordobesa de Box, acompañando a los comprobantes exigidos por la reglamentación vigente, el comprobante de pago a la Federación del arancel correspondiente.
e) Cuando el organizador sea un Club Afiliado deberán ser presentadas en hoja con membrete de la Institución y firmada por la Autoridad competente según el Estatuto del Club.
f) Cuando el organizador sea un Promotor Autorizado, deberán tener firma, su aclaración, sello y número de licencia del mismo como promotor.
g) El programa se presentará con 7 (siete) días de anticipación del festival, con el objeto de constatar la equivalencia de los boxeadores y la vigencia de licencia y de los exámenes médicos (evitando, en el momento del pesaje, la no participación de quienes no estén en las condiciones requeridas, lo que genera inconvenientes para el organizador, la fiscalización y el público).
h) El organizador deberá hacerse cargo de todos los gastos correspondientes a árbitros, jurados, médico de turno y otros oficiales de ring.
i) Únicamente podrán actuar pugilistas con licencia habilitante (en el caso de los profesionales otorgada por la F.A.B., y para los amateurs de Asociaciones, Federaciones o Comisiones reconocidas por la F.A.B.), con su APTO MEDICO DEPORTIVO VIGENTE.
j) Para el caso de los pugilistas amateurs con residencia en la Provincia de Córdoba, solo se aceparán licencias de la Federación Cordobesa de Box o de la Federación Argentina de Box.
k) No se debe iniciar ningún festival, sin la presencia del MÉDICO DE RING, la AMBULANCIA en la puerta del Estadio y la CAMILLA DEBAJO DEL RING, siendo todo esto responsabilidad del Organizador.
Para favorecer el Cumplimiento de los Reglamentos, y a fin de coordinar el control y fiscalización de de la actividad, LA FEDERACIÓN CORDOBESA DE BOX SOLICITA A LAS HONORABLES COMISIONES MUNICIPALES DE BOXEO DE LA PROVINCIA:
a) Difundir este comunicado a los técnicos y organizadores de boxeo de su jurisdicción.
b) Remitir las solicitudes de autorización de festival y la documentación adjunta a la Federación Córdobesa de Box, con la mayor premura posible, a fin de poder diligenciar la tramitación correspondiente.
c) Ante cualquier duda o inconveniente, comunicarse con esta Federación.
A fin de evitar inconvenientes, que perjudican el desarrollo de los festivales de Boxeo, LA FEDERACIÓN CORDOBESA DE BOX RECOMIENDA:
a) A LOS SEÑORES ENTRENADORES:
1.- Controlar permanentemente la fecha de vencimiento de los exámenes médicos a sus pupilos, e iniciar la renovación de los mismos con tiempo suficiente.
2.- No comprometer la participación de sus pupilos para combatir sin antes comprobar que los mismos tengan la documentación que los habilite para participar en el compromiso asumido (licencia y exámenes médicos actualizados), así como la adecuada preparación para combatir.
3.- Proporcionar al organizador que requiere la participación de sus pupilos el nombre completo de los mismos y número de licencia habilitante, como única manera de identificarlos fehacientemente al momento de analizar el programa enviado a la Federación para su aprobación, con lo que se evita bajarlos de la programación por mala identificación.
b) A LOS ORGANIZADORES DE BOXEO (PROMOTORES Y CLUBES AFILIADOS):
1.- Requerir a los boxeadores programados la presentación de la documentación que los habilite para combatir, según el Reglamento, licencia en orden con los exámenes médicos actualizados. NO SE PERMITIRA COMBATIR SIN LICENCIA O CON EXÁMENES VENCIDOS.
2.- Hacer constar en la nota de solicitud de autorización del festival que debe enviarse a esta Federación nombre y apellido completo de los programados y número de licencia habilitante, para facilitar su identificación.
3.- Pactar los pesos claramente, para evitar que se caigan peleas por diferencias de último momento. Igual cuidado con las diferencias de récord, que pueden generar la no autorización por falta de equivalencia.
c) EN GENERAL:
Las recomendaciones anteriores están dirigidas a todos los que participan de la actividad del Boxeo, con el objeto de que los programas presentados y anunciados se cumplan como están previstos, sin improvisaciones de última hora, que desprestigian los festivales y perjudican la actividad.
Igualmente, se solicita el cumplimiento de los horarios anunciados de inicio de los festivales, recordando que los boxeadores deben estar 2 (dos) horas antes del horario establecido.
José Emilio Graglia - PRESIDENTE