lunes, 2 de febrero de 2026

TRIBUNAL DE DISCIPLINA: HECHOS OCURRIDOS EN BELL VILLE EL 29/1/26


EL TRIBUNAL DE DISCIPLINA DE LA FEDERACIÓN CORDOBESA DE BOX COMUNICA:

VISTO:
- La información publicada en redes sociales, videos, fotografías y demás elementos probatorios, obrantes en este Tribunal en relación a los hechos ocurridos el día 29 de enero del corriente a las 20,30 hs. en el Gimnasio "Cuna de Campeones", Blvr. Eva Perón 355 de la Ciudad de Bell Ville y

CONSIDERANDO:
- Que, del análisis de los elementos probatorios, surge con claridad la realización de pelea/s fuera del Reglamento Argentino de Boxeo, con la participación de al menos un boxeador federado, quien sería menor de edad, y la presencia e involucramiento en lo ocurrido del técnico federado Ricardo Manuel González, quien es el responsable del gimnasio de referencia
- Que la participación del técnico Ricardo González debe considerarse una falta grave, según lo establecido en el Reglamento Argentino de Boxeo, Parte II, Capítulo III, Artículo 12.02, Inc. "e", que establece las condiciones para mantener la Licencia de Director Técnico.
- Que, siendo el deporte del cual se trata de ALTO RIESGO, la realización de peleas que no cuentan con los resguardos médico-deportivos constituiría una situación de gran peligro para la integridad física de las personas expuestas, siendo incompatible la actuación del director ténico responsable, por su participación y la de su/s pupilo/s en el mismo, en los términos del Reglamento Argentino de Boxeo, Parte II, Capítulo III, Artículo 12.03, Inc. "d".
- Que resulta conveniente, hasta tanto se expida este Tribunal, suspender temporariamente y en forma preventiva al director técnico federado Ricardo Manuel González.
- Que debe darse al mismo la posibilidad de realizar el correspondiente descargo, previo a que el Tribunal se expida en forma definitiva.
- Que además, dada la situación planteada, la Federación Cordobesa de Box giró la documentación obrante al Consejo de Seguridad Deportiva de la Provincia de Córdoba (CoSeDePro).
- Que, igualmente, corresponde analizar la conducta del o los deportistas federados que estarían involucrados en estos hechos y resolver oportunamente la sanción que pudiea corresponderle/s.

EL TRIBUNAL DE DISCIPLINA DE LA FEDERACIÓN CORDOBESA DE BOX RESUELVE:

1) SUSPENDER temporariamente y en forma preventiva al Sr. Ricardo Manuel González, Lic. N° 33602854, en su condición de Director Técnico y Segundo de esta Federación hasta el 29/1/27, o hasta que el Tribunal, después del correspondiente descargo del Sr. González, adopte una Resolución Definitiva.
2) Elevar las actuaciones y demás elementos obrantes a la Comisión Directiva de la Federación Cordobesa de Box, a los efectos a que hubiere lugar en relación a la participación de boxeador/es federado/s.

Argentino García - PRESIDENTE TRIBUNAL DE DISCIPLINA

Dada en la Ciudad de Córdoba a los 2 días del mes de Enero de 2026