LA FEDERACIÓN CORDOBESA DE BOX COMUNICA:
De acuerdo a lo establecido por el Reglamento Argentino de Boxeo, Parte II Capítulo IV, en sus artículos 13.01 C) "Son considerados boxeadores aficionados quienes nunca hayan combatido contra un boxeador profesional" y 13.04 "Un boxeador que haya violado la definición de aficionado no podrá recalificarse como tal", después del combate que sostuvo como boxeador profesional Matías Maximiliano Altamirano (D.N.I. 43.231.145) en el Complejo Bahía del Gitano de Villa Carlos Paz el día 10/10/25 ante Jorge Samuel Fredes, EVENTO NO AUTORIZADO Y FUERA DE REGLAMENTO, la Licencia de Boxeador Amateur N° 30167, perteneciente a Matías Maximiliano Altamirano, fue CANCELADA DEFINITIVAMENTE.
Entidad fundada el 7 de Noviembre de 1.968
Personería Jurídica Nº 108/76 A. Personería Deportiva Nº 06
Afiliada a la Federación Argentina de Box y a la Confederación de Deportes de la Provincia de Córdoba