EL TRIBUNAL DE DISCIPLINA DE LA FEDERACIÓN CORDOBESA DE BOX COMUNICA:
VISTO:
- Lo establecido en el Reglamento Argentino de Boxeo, Parte IV, Capítulo IV, Artículo 16.05: "TODO BOXEADORA AFICIONADA, PARA MANTENER SU LICENCIA, POSEE LAS SIGUIENTES OBLIGACIONES:.......i) NO COMBATIRÁ EN EL PAIS, SI QUIEN ORGANICE EL EVENTO NO SE ENCUENTRA AFILIADO DIRECTA O INDIRECTAMENTE A LA F.A.B. EL INCUMPLIMIENTO DE ESTA DISPOSICIÓN SERÁ CONSIDERADO FALTA GRAVE" y
CONSIDERANDO:
- Que el día 20 de Mayo se realizó en James Craik un evento de boxeo no autorizado por esta Federación.
- Que en el evento boxístico citado ut supra combatió la boxeadora Brisa Ibarra, federada a la F.C.B.
EL TRIBUNAL DE DISCIPLINA DE LA FEDERACIÓN CORDOBESA DE BOX RESUELVE:
1) SUSPENDER a la boxeadora amateur BRISA IBARRA, Lic. de la F.C.B. Nº 168, Hasta el 20/8/16.
2) La sanción reviste Carácter Preventivo, ya que el sancionado DEBERÁ PRESENTAR SU DESCARGO POR ESCRITO ANTE LA FEDERACIÓN CORDOBESA DE BOX, antes del 3/6/16, a fin de que se dicte una resolución definitiva.
Argentino Matías García - PRESIDENTE TRIBUNAL DE DISCIPLINA
Entidad fundada el 7 de Noviembre de 1.968
Personería Jurídica Nº 108/76 A. Personería Deportiva Nº 06
Afiliada a la Federación Argentina de Box y a la Confederación de Deportes de la Provincia de Córdoba