Debido a que existen diferentes criterios, entre los organizadores de festivales de boxeo y los encargados de fiscalizar dichos eventos, con respecto a los viáticos que se deben abonar, según lo establece el Reglamento Argentino de Boxeo (Partes II y IV Cap. I Art. 2.04, Partes III y V Cap. I Art. 2.07) y con el objeto de clarificar lo que corresponde, esta Federación Cordobesa de Box pone en conocimiento de ambas partes lo siguiente:
1) En relación a los Festivales de Boxeo locales y NO TELEVISADOS
1.a) El Equipo de fiscalización de los eventos estará compuesto por el Fiscal designado por la F.C.B. y los Jueces, a quienes se les abonará como viático (para todo el equipo) la suma de pesos doscientos ($200.-), más el importe correspondiente al traslado (en caso de que lo hagan en una localidad distinta a su residencia).
1.b) Para los Arbitros se establecen los montos que se detallan a continuación.
- Combates Amateurs a tres rounds pesos veinte ($20.-) por pelea, a cuatro rounds pesos veinticinco ($25.-) por pelea, hasta un máximo total de cien pesos ($100.-) por árbitro, por festival(independientemente de lo que pueda cobrar el árbitro en concepto de combates profesionales).
- Los Combates Profesionales se abonarán aparte de los amateurs, a razón de diez pesos ($10.-) por round, según el número de rounds programados para cada pelea.
- Además se abonará el importe de los gastos de traslado, si correspondiere.
1.c) El Cronometrista y el Médico de Turno podrán ser personas del plantel de la Promoción aprobadas por el Fiscal, o designados por éste, cuyos viáticos deberán ser abonados en acuerdo con la Organización, quien será responsable de esta erogación.
2) En relación a los Festivales de Boxeo TELEVISADOS, o cuando estén en juego títulos argentinos o internacionales, la escala correspondiente será la establecida por la Federación Argentina de Box, o la Entidad internacional que corresponda.
José Emilio Graglia - PRESIDENTE