
EL TRIBUNAL DE DISCIPLINA DE LA FEDERACIÓN CORDOBESA DE BOX COMUNICA:
VISTO:
- Lo informado por el Fiscal designado, Sr. José María Sánchez Rosado, el árbitro, Lic. Rudi Mairena Ruiz, y demás autoridades actuantes, sobre lo ocurrido el día 20 de Marzo del corriente en el Gimnasio de la A.C.T.B.C., Polideportivo Rafael Núñez de la ciudad de Córdoba cuando, de acuerdo a lo informado, el Sr. Alberto Gómez, quien asistió como segundo al boxeador amateur Pablo Soriano en su pelea con Axel Luque, desobedeció, gritó e insultó al árbitro en reiteradas ocasiones, pese a las numerosas advertencias que le fueron realizadas por el Sr. Fiscal, lo que llevó a su expulsión.
- El descargo presentado por el Sr. Alberto Gómez, en el que expresa que él protestó reiteradamente por no estar de acuerdo con la actuación del árbitro, reafirmando su desacuerdo en el descargo y naturalizando su conducta.
- Las respectivas ampliaciones del informe original realizadas por el Fiscal designado, Sr. José María Sánchez Rosado, el árbitro, Lic. Rudi Mairena Ruiz, a quienes se corrió vista de lo expresado por el Sr. Gómez, en las cuales ambos ratifican en todos sus términos el informe original.
- Que este Tribunal oportunamente dispuso en Resolución de fecha 24/3/26 "Suspender temporariamente y en forma preventiva al Sr. Alberto Gómez, en su condición de Director Técnico de Boxeo, hasta el 20/9/26, o que el Tribunal, después del correspondiente descargo del Sr. Alberto Gómez, adopte una Resolución Definitiva, lo que ocurra primero.".
- Que, realizado el correspondiente descargo del Sr. Gómez y habiéndose expresado las autoridades actuantes en el evento de fecha 20/3/26 en relación al mismo, corresponde dictar una Resolución Definitiva en relación a las presentes actuaciones.
- Que, este Tribunal considera la conducta del Técnico Alberto Gómez encuadrada en lo establecido en el Reglamento Argentino de Boxeo que expresa: "LOS SEGUNDOS DEBERÁN TOTAL ACATAMIENTO A LAS AUTORIDADES DESIGNADAS PARA LA FISCALIZACIÓN DEL EVENTO. EL NO HACERLO SERÁ CONSIDERADA FALTA GRAVE".
- Que, sin embargo, el hecho de no poseer el Sr. Alberto Gómez antecedentes disciplinarios previos constituye un atenuante por el que resulta pertinente reducir el plazo de la suspensión dispuesta originalmente.
EL TRIBUNAL DE DISCIPLINA DE LA FEDERACIÓN CORDOBESA DE BOX RESUELVE:
1) SUSPENDER al Sr. ALBERTO GÓMEZ, Licencia N° 10.772.445, en su condición de Director Técnico de Boxeo, hasta el 31/7/26.
Argentino García - PRESIDENTE TRIBUNAL DE DISCIPLINA
Dada en la Ciudad de Córdoba a los 8 días del mes de Junio de 2026
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